Gestoria Gamboa LEGANES

HERENCIAS Y TESTAMENTOS

Tras el fallecimiento de una persona, sus herederos han de realizar una serie de trámites, cuyo fin es valorar y repartir la herencia. La forma de actuar es diferente según exista o no un testamento.

Los trámites para repartir la herencia son diferentes si el fallecido había otorgado testamento.

¿No sabe si había testamento? Puede saberlo solicitando un Certificado de Últimas Voluntades.

Si hay testamento, el registro les informará de cuándo se otorgó y ante que notario: los herederos deberán dirigirse a la notaria que realizo el testamento para obtener una copia autorizada del mismo.

Después, será preciso proceder a la partición de la herencia siguiendo las últimas voluntades del difunto… y respetando lo que establecen las normas respecto a las herencias legítimas, pues hay una serie de personas que son herederos forzosos.

Si no hay testamento, el reparto de los bienes del fallecido se hace según la ley, siguiendo el orden establecido. Si no hay familiares, la herencia pasa al Estado.

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